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DOS AÑOS DE GOBIERNO DEL PP EN EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (PARTE II)

Heraldo de Aragón. 25.05.13

De la noticia publicada por Heraldo de Aragón:

Por su parte, Adrián Tello, portavoz de CHA, aseguro que esta misma semana toda la oposición presentó un escrito al secretario municipal en el que piden un informe de todo lo que ha realizado la interventora accidental, ya que los actos podrían ser plenos de nulo derecho (Tendría que poner nulos de pleno derecho). <<En este tiempo, se aprobaron reconocimientos extrajudiciales, hizo informes económicos… y documentos importantes. Y por todo ello, podría haber consecuencias legales bastante fuertes>>, puntualizó Tello.

Además, el portavoz de la agrupación nacionalista aseguró que el nombramiento de la funcionaria accidental es <<ilegal>> porque era interina y no funcionaria en propiedad –algo que criticaron que no se comprobara desde Administración Local y que fuera aceptado por la trabajadora a sabiendas que no podía-.

En cuanto a la primera funcionaria de habilitación estatal (Hay una errata, debería poner interina, como pone en la siguiente frase), este grupo también llevó al Justicia de Aragón una queja porque consideraban que la petición de cese de la interina se basaba en <<acusaciones falsas y totalmente infundadas>>. Tello también criticó que se haya utilizado la web municipal para contestar al balance de los dos años que había hecho CHA en su blog del partido, ya que al final de la nota se dan una serie de explicaciones sobre las cuestiones que los nacionalistas habían resaltado en su bitácora.

El Periódico de Aragón. 25.05.13

De la noticia publicada por El Periódico de Aragón:

Por su parte, Adrián Tello, portavoz de Chunta en el consistorio, denunció ayer el «uso partidista» que el equipo de Aured realiza de la página web municipal y recordó que la primera interventora fue destituida por un decreto de la alcaldesa y que esta medida ha sido objeto de una queja ante el Justicia de Aragón por parte de Chunta, admitida a trámite, mientras que la totalidad de la oposición ha mostrado su disconformidad ante la Administración autonómica.

Con respecto a la segunda interventora, Tello explicó que no posee la plaza en propiedad ni está habilitada con carácter estatal, motivo por el que todos los concejales de la oposición han solicitado al secretario que informe si los actos jurídicos que realizó durante su ejercicio del cargo son nulos de pleno derecho y si la actuación de la alcaldesa contraviene el ordenamiento jurídico.

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DOS AÑOS DE GOBIERNO DEL PP EN EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA

RESULTADOS DE DOS AÑOS DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL PP EN LA MUELA:

– A día de hoy, los Concejales de los Grupos Políticos de la Oposición no tenemos el borrador del Presupuesto del Ayuntamiento  de La Muela para el ejercicio 2013.

– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela sigue con una Prórroga del Presupuesto de 2012, ese «presupuesto» que no incluyó las Alegaciones presentadas por el Grupo Municipal de CHA y aprobadas por el Pleno; ese «presupuesto» que mantiene a las 17 personas contratadas por Decreto de Alcaldía, procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva, vulnerando el acceso a la función pública y los principios de igualdad, mérito y capacidad, a pesar de los informes contrarios de la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón, así como de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento, y a pesar de la recomendación de El Justicia de Aragón al respecto (Ver Noticia El Periódico de Aragón 12.03.13).

– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no ha aprobado todavía el Plan Económico-Financiero, cuando la Alcaldesa y su Equipo de Gobierno son conscientes de la obligatoriedad de su realización desde el inicio de la legislatura, cuando se aprobó la Liquidación del Ejercicio de 2010, y se dio cuenta en el primer Pleno Ordinario, allá por julio de 2011.

– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no tiene aprobada la Cuenta General de 2012.

– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no tiene Interventor/a, tras un nombramiento no válido de una Funcionaria Interina del Consistorio, cuando para ejercer el cargo de Interventor/a «accidental», hace falta ser habilitado/a de carácter estatal o funcionario/a con plaza.

– A día de hoy, por el Ayuntamiento de La Muela han pasado cuatro interventores/as en dos años. Sobre esta situación, El Justicia de Aragón ha abierto expediente respecto a la actuación de la Alcaldesa, por la «Elevación de Propuesta al Gobierno de Aragón, para cesar a la Interventora Interina del Ayuntamiento de La Muela, con acusaciones falsas y totalmente infundadas«, ante una QUEJA de este Grupo Municipal.

– A día de hoy, todavía no hay suministro eléctrico ni en la Biblioteca ni en el Almacén Municipal, pero se ha «reabierto» la Piscina Climatizada, cuyo despilfarro lo estamos calculando a base de hacer las «cuentas de la abuela«.

– A día de hoy, la Concejala de Deportes sigue impartiendo clases de tenis en el Centro Deportivo Municipal, a través de la empresa que gestiona las actividades deportivas, a los pocos días de firmar el convenio que negoció la propia Concejala.

– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela todavía no ha sacado ni una sola plaza a oposición, a pesar de las constantes «promesas» de la Alcaldesa –o a lo mejor la «promesa» de hacerlo, es la excusa para justificar la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos-.

– A día de hoy, a pesar de que hay aprobada una Ordenanza sobre Transparencia Municipal a propuesta del Grupo Municipal de CHA, cuando hacemos preguntas en los Plenos, la Alcaldesa nos responde «te contestaremos por escrito«.

– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no ha avanzado en el sellado del antiguo vertedero municipal, situado en «Sora«, a pesar de la Propuesta de Resolución presentada por el Grupo Municipal de CHA, y ser aprobada en Pleno por UNANIMIDAD.

– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no apoya la cultura, ni revitaliza la Banda de Música, ni apoya al Grupo de Teatro, a pesar de las Propuestas de Resolución presentadas por el Grupo Municipal de CHA, y ser aprobadas en Pleno por UNANIMIDAD. Eso sí, tenemos coordinador de museos cerrados, azafata de museos cerrados, y limpiadoras de museos cerrados…

Y podríamos seguir, y seguir…

A VUELTAS CON LAS TIERRAS COMUNALES DE LA MUELA

Como lo prometido es deuda, y como ya dijimos en el artículo: «Las tardes en el pleno…(27.09.12)«, la finalización del pasado pleno terminó en una agria polémica a causa de las tierras comunales del pueblo. Pero para explicar cómo hemos llegado hasta aquí, vamos a empezar a contar la historia desde el principio y no estaría mal definir lo que son las TIERRAS COMUNALES:

TIERRAS COMUNALES. Definición. En la legislación básica vigente las tierras comunales y, en general, los bienes así calificados, se definen como «bienes de dominio público municipal cuyo aprovechamiento y disfrute pertenece exclusivamente a los vecinos«.

Así, en el pleno del mes de abril de este año, que se retrasó hasta el 10 de mayo, el Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela elevó a pleno una «Propuesta de imposición de la Ordenanza Fiscal nº 35, reguladora del Régimen de Explotación de los bienes de dominio público de carácter rústico. Montes Catalogados de Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal«, que finalmente retiró Alcaldía, aludiendo falta de documentación. Posteriormente, en el pleno de 31 de mayo de 2012, el Gobierno Municipal (PP) sacó adelante esta propuesta aprovechando la ausencia de un concejal del Grupo Independiente que se encontraba enfermo en urgencias, y en el pleno de 28 de junio de 2012, dicho acuerdo fue revocado y le costo a la Alcaldía una de las dos reprobaciones que tuvo en ese pleno, por haber utilizado la ausencia de un concejal para sacar adelante esta propuesta sabiendo que no tenía el respaldo de la mayoría de la corporación.

Y, ¿Por qué nos oponemos a esta ordenanza?

Desde el Grupo Municipal de CHA creemos que esta «propuesta» se basa en una reorganización de las tierras municipales –tanto en las parcelas rústicas, como de arbolado-, excluyendo de poder participar en la adjudicación de las mismas a la inmensa mayoría de personas que hasta ahora, y durante varias décadas, las habían trabajado y sacado adelante. Muchas personas que compaginan sus respectivos trabajos con su labor de agricultores, llevando sus olivos, almendros e incluso alguna parcela rústica, tendrán que dejarlas y abandornarlas, ya que para poder participar tendrán que tener unos ingresos cuatro veces inferiores al salario mínimo interprofesional del momento, es decir, cobrar en su trabajo menos de 160,35 € al mes.

También, se dificulta el acceso a jóvenes agricultores, ya que se exige una antigüedad de tres años en el Régimen Agrario de la Seguridad Social, lo que imposibilita su acceso a las tierras comunales del municipio, ya que nadie puede dejar su trabajo en estos momentos de crisis en los que vivimos. Y no podrán acceder los autónomos del campo. Pero curiosamente sí se podrán presentar las personas jurídicas (Sociedades).

Solamente, hace falta ver el «Capítulo II. De los titulares de las adjudicaciones«, y los artículos 4 y 5:

ART. 4.- Podrán participar en los procesos de adjudicación de aprovechamientos agrícolas y ganaderos de lotes municipales aquellos que reúnan conjuntamente las siguientes condiciones:

a.- Ser agricultor, tener más de 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, y estar dado de alta en el Régimen de Seguridad Social, en el que de acuerdo con la legislación del momento, se encuadren los agricultores.

b.- Haber estado dado de alta en el Régimen Especial Agrario de Seguridad Social, -o en su caso aquel que para que esta profesión pudiera determinarse por la legislación de la Seguridad Social-, con una antigüedad de 3 años anterior a la inscripción, continuando como agricultor, o en su caso tener un régimen de invalidez, compatible con la profesión de agricultura.

c.- Estar inscrito en el padrón municipal como vecino y residente en el municipio de La Muela, con una antigüedad no inferior a cinco años, y residir en este término municipal, por igual tiempo de forma ininterrumpida. Plazo este computado desde la inscripción.

d.- Estar al corriente, de todas las tasas, arbitrios, impuestos, precios públicos, y cuantas exacciones, pudieran establecerse por el Ayuntamiento de La Muela, o respecto de los que tuviera participación por ser imposición de otras Administraciones.

e.- Ser agricultor a título principal, o en caso de que sea una actividad complementaria tener unos ingresos anuales por actividad principal inferiores a cuatro veces el salario mínimo interprofesional. La acreditación de estas circunstancias se realizará conforme a la normativa agraria y mediante la presentación de la última declaración de renta, a fecha de la solicitud.

ART. 5.- Igualmente podrán ser titulares de aprovechamientos agrícolas y ganaderos, aquellas personas jurídicas que reúnan conjuntamente las siguientes condiciones:

a.- Tener el domicilio social y la actividad principal de agricultura y/o ganadería, en el municipio de La Muela, con una antigüedad no inferior a cinco años, y residir y estar empadronados todos sus socios, en este término municipal, por igual tiempo de forma ininterrumpida.

b.- Estar al corriente, de todas las tasas, arbitrios, impuestos, precios públicos, y cuantas exacciones, pudieran establecerse por el Ayuntamiento de La Muela, o respecto de los que tuviera participación por ser imposición de otras Administraciones.

Altsasu – Alsasua

Las comparaciones siempre son odiosas:

Calatorao: «Tienen la consideración de comunales aquellos bienes cuya titularidad pertenece a la entidad local y cuya utilización, aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos…«.

Ejea de los Caballeros: «Podrán ser titulares de concesiones para aprovechamiento agrícola de parcelas comunales aquellas personas físicas que acrediten ser mayores de edad o menores emancipados y figuren inscritos en los Padrones municipales como vecinos y residentes de la localidad con una antigüedad mínima de cinco años«.

Altsasu / Alsasua: «Son bienes comunales aquellos cuyo aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos«.

Cortes: «Son bienes comunales aquellos cuyo aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos«.

En todas las regulaciones, a pesar de que puedan ser mejorables, la única condición que se impone es la de vecindad, ya que es el fin de los aprovechamientos comunales, y en la ordenanza de Ejea de los Caballeros, «las concesiones para aprovechamiento agrícola de parcelas comunales no comprenderán la de los pastos, ni parideras, ni apriscos o albergues de ganado que en las mismas se encuentren ubicados…«, ni las «destinadas a la implantación de arbolado o similares y huertos«.

Las Tierras Comunales vuelven al pleno

Después del rechazo de la mayoría de la corporación municipal -Grupo Independiente, CHA, CDL y PSOE- a esta propuesta, el Equipo de Gobierno (PP) nos vuelve a reunir en el mes de septiembre en varias ocasiones, con este y otros temas, y a pesar de todo, ¡¡Nos vuelven a proponer la aprobación de la misma ordenanza que fue revocada en el pleno del mes de junio, y que le costó una de las dos reprobaciones a la Alcaldía!! En todas las reuniones, desde el Grupo Municipal de CHA hablamos de la finalidad de las Tierras Comunales, el concepto de «vecindad«, término que parece ser que no le hace ninguna «gracia» al Gobierno Municipal.

Pues bien, en el pleno del pasado jueves, Alcaldía nos reprochó que no queríamos aprobar la mencionada ordenanza una vez más, a lo que respondimos desde CHA que tal como estaba planteada a día de hoy, «beneficiaba a cuatro y perjudicaba a la mayoría del pueblo«, hecho que enfadó muchísimo tanto a la propia Alcaldesa, como a otra persona del público, que al final del pleno abordó a nuestro Concejal, Pedro Bartolomé Pérez, en un intento de amedrentarlo. El público presente en el pleno no daba crédito del comportamiento y maneras de actuar de esa persona, que en el pasado mes de junio, ya visitó la casa del Concejal, Adrián Tello Gimeno, y de otros ediles de la corporación, por los mismos motivos y con los mismos fines…

En fin, en el Ayuntamiento de La Muela, desgraciadamente se vuelven a imponer los intereses personales de unas pocas personas en detrimento de la mayoría, provocando una «división social» entre las gentes del pueblo, en un asunto que «no es prioritario» en estos momentos, en la grave situación económica en la que se encuentra el consistorio…

Y probablemente, la historia continuará…

AQUÍ ESTÁ LA DIFERENCIA…