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«EL PP NO CONSIGUE CREAR UN PUESTO DE CONFIANZA». EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (12.04.13)

El Periódico de Aragón. 12.04.13

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CRÓNICA DEL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (11.04.13)

Ayuntamiento de La MuelaLas vecinas y los vecinos del pueblo de La Muela se han quedado hoy, una vez más, sin conocer las respuestas a las preguntas formuladas por el Grupo Municipal de CHA en el Pleno, preguntas que te puedes descargar aquí, en una total y absoluta falta de respeto por parte de la Alcaldesa. Parecer ser que desde el Gobierno Municipal del PP ya se tiene como norma el «te responderemos por escrito«…

En lo que respecta a la parte resolutiva de la sesión plenaria, destacar que no ha salido aprobada la creación de una plaza de personal eventual de confianza para desempeñar el puesto de «Secretaría de la Alcaldesa«, ya que ha sido rechazada por todos los grupos políticos de la oposición. Por parte del Grupo Municipal de CHA nos hemos opuesto, ya que consideramos, que en primer lugar, se tendría que haber valorado si dicho trabajo puede ser asumido por las personas que ejercen de Auxiliar Administrativo en el Consistorio en estos momentos, y en caso de que así no pudiera ser, entendemos que dicho puesto de trabajo se debería sacar a oposición libre.

Este Grupo Municipal también hemos realizado un voto particular negativo en el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos 3/2013, ya que hay una factura de 7.260,80 € de «(…)» –que pertenece al mismo gabinete jurídico que la Asesoría Jurídica y Defensa Letrada contratada por el Ayuntamiento mediante un procedimiento negociado y sin publicidad– sobre la Elaboración del Plan de Ordenación de Recursos Humanos, aprobado en Comisión de Personal… Hemos argumentado que lo que se ha aprobado en la Comisión Especial de Personal es el «borrador» y no el Plan, ya que el Plan se debería haber aprobado en el Pleno, hecho que no se ha producido. Además, en dicho «borrador» se incluían las 17 personas contratadas por Decreto de Alcaldía, procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva, vulnerando el principio de acceso en igualdad de condiciones a la función pública… como así se ha manifestado recientemente El Justicia de Aragón (Ver Artículo de El Periódico de Aragón, de fecha de 12 de marzo).

También se ha aprobado una Propuesta de Resolución del Grupo Municipal de CHA sobre la modificación de la normativa en materia hipotecaria con el voto en contra del PP, y el apoyo del resto de los Grupos Políticos, hemos preguntado por la situación de la Interventora Accidental y su nombramiento, ya que todos los actos podrían llegar a considerarse nulos, sobre la competencia de Alcaldía para presentar unilateralmente el conflicto colectivo por parte de la empresa respecto a la «modificación sustancial de las condiciones de trabajo» del personal laboral del Ayuntamiento,  así como los reparos, que siguen y siguen apareciendo en los Informes de Intervención: fraccionamiento de contratos, pago de las nóminas a los/as trabajadores/as…

Y en cuanto al tema de la «Caza«, lo dejamos para otro día. Y es que hay veces que se ve cada cosa…

LOS DATOS SON SAGRADOS, LAS OPINIONES LIBRES…

Eso decía la célebre cita de CP Scott, editor del periódico inglés The Guardian. En la sesión plenaria que se celebró este martes pasado, gracias a la fiscalización que realizamos desde el Grupo Municipal de CHA, tuvimos acceso a los primeros datos sobre la gestión del Centro Deportivo Municipal, desde que el Gobierno Municipal del PP modificó la Ordenanza Fiscal nº12, Reguladora de la Tasa por prestación de servicios y la realización de actividades municipales de carácter deportivo, educativo y cultural, con el objetivo de volver a abrir la piscina cubierta, a pesar de que dicha reapertura fuera a generar «inicialmente» un déficit de 202.877,18 € en diez meses.

Aquí está la previsión de ingresos realizada por el Equipo de Gobierno:

A la pregunta del Grupo Municipal de CHA, «Según las previsiones aportadas por el Gobierno Municipal del PP en La Muela, para aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 12, Reguladora de la Tasa por prestación de servicios y la realización de actividades municipales de carácter deportivo, educativo y cultural, se había apuntado la cifra de que hubiera 900 personas abonadas desde septiembre a junio. ¿Se han cumplido las expectativas?, ¿Cuántos/as socios/as tiene el Centro Deportivo Municipal en estos momentos?«

La respuesta de la Concejala de Deportes fue que se habían cumplido las expectativas, y en estos momentos había 330 personas abonadas al Centro Deportivo Municipal –es decir, 570 menos de las que se había previsto para analizar los costes-.

Pd. En cuanto a la estimación de ingresos, se calcularon en base al abono anual -doce meses-, para una estimación de gastos  de diez meses…

Y aquí está la previsión de gastos realizada por el Equipo de Gobierno:

A la pregunta del Grupo Municipal de CHA «A día de hoy, ¿Cuántos/as trabajadores/as de la Plantilla Municipal tienen destinado como su centro de trabajo el Centro Deportivo Municipal?, ¿Cuál es el coste de dicho personal?«

La respuesta de la Concejala de Deportes fue que había trece personas de la Plantilla Municipal en el Centro Deportivo Municipal, suponiendo al mes un coste de 18.615 € – si lo multiplicamos por diez meses salen 186.150 €, 11.178,6 € más de lo inicialmente previsto en gastos de personal-.

En cuanto a esta situación (Foto. Noticia El Periódico de Aragón 01.11.12), hablaremos próximamente…

“INTERVENCIÓN HALLA IRREGULARIDADES EN LA CONTRATA DEL SERVICIO DE BASURA”. EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (01.11.12)

“EL PP PERMITE CONDENAR A LA GUARDIA CIVIL”. EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (31.10.12)

BREVE CRÓNICA DEL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA DE 30 DE OCTUBRE DE 2012

Hoy, hemos vuelto a tener otro Pleno «surrealista» del Ayuntamiento de La Muela, ya que hay determinadas cosas que pasan en este consistorio y en pocos más. Hemos visto, que se aprobaba con los votos favorables de PP, CDL y PSOE, la abstención del Grupo Independiente, y el voto en contra del Grupo Municipal de CHA, el reconocimiento de una factura del arquitecto de 12.050,10 €, a pesar de que el Informe de Intervención 116.2012, entre otras muchas cosas dice: «A tenor del acuerdo adoptado en la sesión de julio de 2002, el encargo es conjunto al arquitecto municipal y al letrado asesor, habiendo sido emitida la presente factura por un único sujeto, que liquida la totalidad de los trabajos encargados, se plantea la duda de si procede la facturación del trabajo por parte de D. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, en su totalidad, o bien si correspondiendo dicha facturación a una parte, subsisten todavía obligaciones con respecto al tercero letrado asesor«. Es decir, sin comprobar si dicha factura fue abonada ya al asesor jurídico que hizo el PGOU en su día, se va a proceder a su pago…

También, hemos visto como se han eliminado 607.500,00 € en subvenciones del presupuesto municipal, en unas previsiones que fueron demasiado optimistas en su día, ya que finalmente dichas ayudas de otras administraciones -el Instituto Aragonés del Agua para ejecutar la potabilizadora y el colector, y la DPZ para pagar deuda de la Seguridad Social- no van a llegar en este ejercicio.

En cuanto a las propuestas de los grupos municipales, se han aprobado las tres que hemos presentado desde el Grupo Municipal de CHA, una para elaborar un Plan Económico-Financiero, otra para subsanar los errores en la base de datos de los/as titulares de «tierra municipal», y «paradójicamente» ha salido adelante nuestra iniciativa para condenar la violencia ejercida por la Guardia Civil el pasado 10 de octubre, contra los/as vecinos/as de Artieda que ejercían el legítimo derecho de defender sus casas y sus tierras.

En la parte de seguimiento y control, entre otras cuestiones, hemos preguntado por el Informe de Intervención 117.2012, en el que Alcaldía ha levantado varios reparos formulados por la Interventora, consistentes en que con fecha de 14 de agosto de 2012 se modificó el contrato con XXXXX –la empresa concesionaria del servicio de recogida de basura-, prescindiendo de las exigencias que en materia de modificación de contratos señala la legislación de contratos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. ¡¡¡Además, se han pagado facturas del mes de junio y julio de 2012, en base a una modificación de contrato realizada el 14 de agosto de 2012!!!

Para terminar, hemos presentado una batería de preguntas sobre el Centro Deportivo Municipal. Y la sorpresa –o no-, ha venido al final de la sesión plenaria, ya que la Concejala de Deportes ha reconocido que trabaja para la mercantil «SCD ESMAS SL«, dando clases de tenis en dicho centro, desde el mes de octubre del presente año. Curiosamente, el 28 de agosto de 2012, Alcaldía firmó un convenio de colaboración con dicha empresa para dar clases de natación, actividades acuáticas, actividades de sala, tenis y padel en el mencionado Centro Deportivo Municipal. Un convenio, que entre otras cosas sirve, que para que la Concejal de Deportes siga dando clases de tenis… –eso sí, para el Gobierno Municipal del PP no existe conflicto de interés o incompatibilidad alguna-.  Como dijimos ya, hace unos meses, «queda feo«. Pero de este tema, haremos una crónica más amplia en los próximos días…

A VUELTAS CON LAS TIERRAS COMUNALES DE LA MUELA

Como lo prometido es deuda, y como ya dijimos en el artículo: «Las tardes en el pleno…(27.09.12)«, la finalización del pasado pleno terminó en una agria polémica a causa de las tierras comunales del pueblo. Pero para explicar cómo hemos llegado hasta aquí, vamos a empezar a contar la historia desde el principio y no estaría mal definir lo que son las TIERRAS COMUNALES:

TIERRAS COMUNALES. Definición. En la legislación básica vigente las tierras comunales y, en general, los bienes así calificados, se definen como «bienes de dominio público municipal cuyo aprovechamiento y disfrute pertenece exclusivamente a los vecinos«.

Así, en el pleno del mes de abril de este año, que se retrasó hasta el 10 de mayo, el Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela elevó a pleno una «Propuesta de imposición de la Ordenanza Fiscal nº 35, reguladora del Régimen de Explotación de los bienes de dominio público de carácter rústico. Montes Catalogados de Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal«, que finalmente retiró Alcaldía, aludiendo falta de documentación. Posteriormente, en el pleno de 31 de mayo de 2012, el Gobierno Municipal (PP) sacó adelante esta propuesta aprovechando la ausencia de un concejal del Grupo Independiente que se encontraba enfermo en urgencias, y en el pleno de 28 de junio de 2012, dicho acuerdo fue revocado y le costo a la Alcaldía una de las dos reprobaciones que tuvo en ese pleno, por haber utilizado la ausencia de un concejal para sacar adelante esta propuesta sabiendo que no tenía el respaldo de la mayoría de la corporación.

Y, ¿Por qué nos oponemos a esta ordenanza?

Desde el Grupo Municipal de CHA creemos que esta «propuesta» se basa en una reorganización de las tierras municipales –tanto en las parcelas rústicas, como de arbolado-, excluyendo de poder participar en la adjudicación de las mismas a la inmensa mayoría de personas que hasta ahora, y durante varias décadas, las habían trabajado y sacado adelante. Muchas personas que compaginan sus respectivos trabajos con su labor de agricultores, llevando sus olivos, almendros e incluso alguna parcela rústica, tendrán que dejarlas y abandornarlas, ya que para poder participar tendrán que tener unos ingresos cuatro veces inferiores al salario mínimo interprofesional del momento, es decir, cobrar en su trabajo menos de 160,35 € al mes.

También, se dificulta el acceso a jóvenes agricultores, ya que se exige una antigüedad de tres años en el Régimen Agrario de la Seguridad Social, lo que imposibilita su acceso a las tierras comunales del municipio, ya que nadie puede dejar su trabajo en estos momentos de crisis en los que vivimos. Y no podrán acceder los autónomos del campo. Pero curiosamente sí se podrán presentar las personas jurídicas (Sociedades).

Solamente, hace falta ver el «Capítulo II. De los titulares de las adjudicaciones«, y los artículos 4 y 5:

ART. 4.- Podrán participar en los procesos de adjudicación de aprovechamientos agrícolas y ganaderos de lotes municipales aquellos que reúnan conjuntamente las siguientes condiciones:

a.- Ser agricultor, tener más de 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, y estar dado de alta en el Régimen de Seguridad Social, en el que de acuerdo con la legislación del momento, se encuadren los agricultores.

b.- Haber estado dado de alta en el Régimen Especial Agrario de Seguridad Social, -o en su caso aquel que para que esta profesión pudiera determinarse por la legislación de la Seguridad Social-, con una antigüedad de 3 años anterior a la inscripción, continuando como agricultor, o en su caso tener un régimen de invalidez, compatible con la profesión de agricultura.

c.- Estar inscrito en el padrón municipal como vecino y residente en el municipio de La Muela, con una antigüedad no inferior a cinco años, y residir en este término municipal, por igual tiempo de forma ininterrumpida. Plazo este computado desde la inscripción.

d.- Estar al corriente, de todas las tasas, arbitrios, impuestos, precios públicos, y cuantas exacciones, pudieran establecerse por el Ayuntamiento de La Muela, o respecto de los que tuviera participación por ser imposición de otras Administraciones.

e.- Ser agricultor a título principal, o en caso de que sea una actividad complementaria tener unos ingresos anuales por actividad principal inferiores a cuatro veces el salario mínimo interprofesional. La acreditación de estas circunstancias se realizará conforme a la normativa agraria y mediante la presentación de la última declaración de renta, a fecha de la solicitud.

ART. 5.- Igualmente podrán ser titulares de aprovechamientos agrícolas y ganaderos, aquellas personas jurídicas que reúnan conjuntamente las siguientes condiciones:

a.- Tener el domicilio social y la actividad principal de agricultura y/o ganadería, en el municipio de La Muela, con una antigüedad no inferior a cinco años, y residir y estar empadronados todos sus socios, en este término municipal, por igual tiempo de forma ininterrumpida.

b.- Estar al corriente, de todas las tasas, arbitrios, impuestos, precios públicos, y cuantas exacciones, pudieran establecerse por el Ayuntamiento de La Muela, o respecto de los que tuviera participación por ser imposición de otras Administraciones.

Altsasu – Alsasua

Las comparaciones siempre son odiosas:

Calatorao: «Tienen la consideración de comunales aquellos bienes cuya titularidad pertenece a la entidad local y cuya utilización, aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos…«.

Ejea de los Caballeros: «Podrán ser titulares de concesiones para aprovechamiento agrícola de parcelas comunales aquellas personas físicas que acrediten ser mayores de edad o menores emancipados y figuren inscritos en los Padrones municipales como vecinos y residentes de la localidad con una antigüedad mínima de cinco años«.

Altsasu / Alsasua: «Son bienes comunales aquellos cuyo aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos«.

Cortes: «Son bienes comunales aquellos cuyo aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos«.

En todas las regulaciones, a pesar de que puedan ser mejorables, la única condición que se impone es la de vecindad, ya que es el fin de los aprovechamientos comunales, y en la ordenanza de Ejea de los Caballeros, «las concesiones para aprovechamiento agrícola de parcelas comunales no comprenderán la de los pastos, ni parideras, ni apriscos o albergues de ganado que en las mismas se encuentren ubicados…«, ni las «destinadas a la implantación de arbolado o similares y huertos«.

Las Tierras Comunales vuelven al pleno

Después del rechazo de la mayoría de la corporación municipal -Grupo Independiente, CHA, CDL y PSOE- a esta propuesta, el Equipo de Gobierno (PP) nos vuelve a reunir en el mes de septiembre en varias ocasiones, con este y otros temas, y a pesar de todo, ¡¡Nos vuelven a proponer la aprobación de la misma ordenanza que fue revocada en el pleno del mes de junio, y que le costó una de las dos reprobaciones a la Alcaldía!! En todas las reuniones, desde el Grupo Municipal de CHA hablamos de la finalidad de las Tierras Comunales, el concepto de «vecindad«, término que parece ser que no le hace ninguna «gracia» al Gobierno Municipal.

Pues bien, en el pleno del pasado jueves, Alcaldía nos reprochó que no queríamos aprobar la mencionada ordenanza una vez más, a lo que respondimos desde CHA que tal como estaba planteada a día de hoy, «beneficiaba a cuatro y perjudicaba a la mayoría del pueblo«, hecho que enfadó muchísimo tanto a la propia Alcaldesa, como a otra persona del público, que al final del pleno abordó a nuestro Concejal, Pedro Bartolomé Pérez, en un intento de amedrentarlo. El público presente en el pleno no daba crédito del comportamiento y maneras de actuar de esa persona, que en el pasado mes de junio, ya visitó la casa del Concejal, Adrián Tello Gimeno, y de otros ediles de la corporación, por los mismos motivos y con los mismos fines…

En fin, en el Ayuntamiento de La Muela, desgraciadamente se vuelven a imponer los intereses personales de unas pocas personas en detrimento de la mayoría, provocando una «división social» entre las gentes del pueblo, en un asunto que «no es prioritario» en estos momentos, en la grave situación económica en la que se encuentra el consistorio…

Y probablemente, la historia continuará…