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“EL JUSTICIA AMONESTA AL AYUNTAMIENTO POR LA CONTRATACIÓN DE UN SOCORRISTA”. EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (25.07.13)

El Periódico de Aragón. 25.07.13

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EL JUSTICIA DE ARAGÓN DA LA RAZÓN A CHA LA MUELA…

Sede El Justicia de AragónAyer, El Justicia de Aragón remitió al Grupo Municipal de CHA en el Ayuntamiento de La Muela, el Expediente DI-119/2013-5, relativo a la QUEJA «Pago de los Servicios de Socorrismo del Centro Deportivo Municipal del mes de octubre de 2012 a un socorrista, sin existir vínculo contractual escrito alguno con el Ayuntamiento de La Muela«, emitiendo la siguiente RESOLUCIÓN:

«Por todo lo anteriormente expuesto, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, considero conveniente formular al Ayuntamiento de La Muela la siguiente Sugerencia:

Que en las futuras contrataciones, en general, y de prestación de servicios, en particular, que deba llevar a cabo el Consistorio proceda a actuar con las previsiones normativas contenidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Públicos y cualesquiera otras normas de aplicación en materia de contratación administrativa.

Asimismo se recuerda al Ayuntamiento de La Muela la obligación que la Ley 4/1985, de 27 de junio le impone de auxiliar al Justicia de Aragón en la investigación de las quejas que ante el mismo se presenten en relación con la actuación de la Administración Pública«.

Así pues, por un lado El Justicia de Aragón le ha recordado a la Alcaldesa su obligación de colaborar con dicha institución, ya que en esta ocasión ni siquiera han contestado…, y por otro, una vez más, vuelven a dar la razón a este Grupo Municipal. Y es que solamente hace falta ver el Acta del Pleno Ordinario de 20 de diciembre de 2012, y la conversación –recogida en la propia resolución antes referenciada– que se produjo entre nuestro Concejal, Pedro Bartolomé Pérez, y la Alcaldía, María Soledad Aured de Torres (PP):

“Bartolomé”. Decreto 802 en el cual se procede al pago de los servicios de socorrismo de Octubre de 2012. ¿Esto que es?

“Marisol”. Es una factura que ha presentado un señor que presta el servicio de socorrismo en la piscina municipal.

“Bartolomé”. ¿En base a qué? ¿Qué relación tiene contractual, laboral, funcionarial con el Ayuntamiento para prestar ese servicio de socorrismo?

“Marisol”. Es autónomo y nos pasa esta factura.

“Bartolomé”. ¿Lo ha contratado el Ayuntamiento, es un contrato de servicios?

“Marisol”. No.

“Bartolomé”. ¿No lo ha contratado el Ayuntamiento y lo paga el Ayuntamiento?

“Marisol”. Si. Es un servicio. No está contratado. Es igual que si te venden una silla, la tendrás que pagar ¿no?

“Bartolomé”. Pero si te venden a ti una silla, no la va a pagar éste. Pero ¿esta persona con quien tiene el contrato de servicio?

“Marisol”. Que no tiene contrato. Es un trabajador autónomo que presta un servicio.

“Bartolomé”. Pero alguien le habrá dicho ven y trabaja.

“Marisol”. Yo.

“Bartolomé». ¿Y por qué le has dicho ven y trabaja a este hombre?

“Marisol». Porque no voy a dejar la piscina sin socorrista.

“Bartolomé». Pero hay una empresa …..

LA TRANSPARENCIA DEL PP EN LA MUELA SE LLAMA AHORA “TE CONTESTAREMOS POR ESCRITO”

El PP a nivel estatal también presume de transparencia…

«Te contestaremos por escrito«. Es la respuesta que dieron la Alcaldesa y la Concejala de Deportes en la sesión plenaria ordinaria que tuvo lugar el pasado 31 de enero, en un alarde de transparencia, a varias de las preguntas formuladas por el Grupo Municipal de CHA, sin que hayamos recibido respuesta alguna hasta la fecha. Y así está recogido en el borrador del Acta:

Bartolomé. Decreto 908/2012. Parece ser que se amplía jornada laboral a dos trabajadoras, que además son trabajadoras de la Sociedad Cultural, entendemos nosotros que no pertenecen a la plantilla municipal el hecho de que se esté ampliando la jornada, implica un aumento de plantilla. Entonces, ese aumento de plantilla es competencia del Pleno y contraviene el ordenamiento jurídico puesto que además de que no ha seguido el procedimiento establecido para el aumento de plantilla no lleva informe, está sin fiscalizar y no entendemos como por decreto hacéis un aumento de plantilla.

Marisol. Te contestaremos por escrito.

(…)

Bartolomé. Decreto 912/2012 este Decreto, Intervención en su informe 145 pone reparo por distintas razones y distinguiendo las materias en las que es un reconocimiento de obligación de gastos ……, distingue unas facturas de la letrada «(…)», el cual en dicho informe hace referencia a que en tres decretos se le está reconociendo 66.000 €, parece ser, bueno parece ser no, es así, que el contrato que se le hizo a la asesora jurídica era de 36.000 € se hizo por procedimiento negociado y al exceder la cuantía deberíamos cambiar el procedimiento y deberíamos hacer un nuevo procedimiento para adjudicar este contrato porque además, se están siguiendo dando asuntos a esta letrada y las cuantías os están saliendo increíblemente altas y excesivas en función del tipo de contratación que se había realizado.

Marisol. Una cosa es la defensa y otra el asesoramiento.

Bartolomé. Si pero el contrato era de asesoramiento y defensa.

Rosa. Si pero cuando gana los casos…, tú sabes cómo funciona ¿no?

Bartolomé. No.

Marisol. Te contestaremos por escrito.

(…)

Bartolomé. Con fecha 23 de Enero, este grupo municipal presentó una serie de preguntas que vamos a volver a reiterar aquí, dado que no sé si se van a contestar o no, pero nosotros las vamos a formular.

La primera es: Desde que se aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 12 Reguladora de la Tasa por prestación de servicios y realización de actividades municipales de carácter deportivo y cultural, ¿Qué ingresos ha obtenido el Ayuntamiento de La Muela y qué gastos?

Marta. Lo pasaremos cuando esté preparado y por escrito”.

LA OPOSICIÓN IMPIDE QUE LA ALCALDESA RECUPERE LA PAGA EXTRA. EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (29.12.12)

El Periódico de Aragón. 30.12.12

CRÓNICA DEL PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (28.12.12)

Adrián Tello Gimeno y Pedro Bartolomé Pérez (14.08.12)Aunque parezca una inocentada, no lo es. Hoy, hemos tenido Pleno Extraordinario y Urgente del Ayuntamiento de La Muela. El único punto del orden del día era el siguiente: Corrección de errores existente en la Declaración de no disponibilidad de créditos en virtud de la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto Ley 20/2012, aprobada en acuerdo plenario de 27 de septiembre de 2012 (RELATIVO A LA SUPRESIÓN DE LA PAGA EXTRA A L@S EMPLEAD@S PÚBLIC@S DEL ESTADO ESPAÑOL). Antes, los miembros de la corporación tienen que votar si el pleno es urgente, para que se celebre, puesto que se ha convocado sin 48 horas, de un día para otro…

¿Y qué errores ha habido? Por un lado, que por «error» se habían retenido los créditos destinados a la paga extraordinaria de la Alcaldesa, y las dos Concejalas, todas ellas del Grupo Popular (PP), con dedicación exclusiva en el Ayuntamiento de La Muela, y por otro lado, que un trabajador que cobra menos de 962,10 € mensuales -que es el tope que fijó el Gobierno-, sí que debería cobrar la paga extraordinaria.

Respecto a la «supuesta» errata de la paga extraordinaria de la Alcaldesa y las dos Concejalas, no ha habido ningún error, y así consta en el Acta del Pleno Ordinario de 27 de septiembre de 2012, que fue aprobada por UNANIMIDAD en el ACTA PLENO ORDINARIO DE 30 DE OCTUBRE DE 2012:

QUINTO.-DECLARACIÓN DE NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS EN VIRTUD DE LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO LEY 20/2012.-

Adrián Tello Gimeno y Pedro Bartolomé Pérez II«Sometida la precedente propuesta a debate de los Grupos Municipales por el portavoz del Grupo Municipal de CHA se formula pregunta relacionada con la entrada en vigor del Decreto-Ley y en su consecuencia si se abonará a los empleados públicos la parte de la paga de navidad por el mes y medio que aparentemente les correspondería. Interviene la Sra. Interventora y manifiesta que su postura es de no reconocer prorrateo alguno atendiendo a la literalidad de la Ley y a lo manifestado por el Ministerio en notas aclaratorias.

El mismo Concejal pregunta por si la no disponibilidad del crédito afecta a los políticos con dedicación exclusiva o parcial a lo que responde la Sra. Interventora que el Decreto Ley no les afecta.

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa y manifiesta que, por solidaridad con los empleados públicos, tanto la Presidencia como los concejales que tienen aprobada dedicación exclusiva o parcial en el Ayuntamiento, renuncian voluntariamente al cobro de la paga extraordinaria de navidad y que la cuantía de la misma será donada a obras de caridad.

Sometida a votación la propuesta, la misma es APROBADA por seis votos a favor del Grupo PP, dos abstenciones de los Grupos PSOE y CDL y 5 votos en contra dos de CHA y 3 del Grupo Independiente«.

Entendiendo, que no hay ERROR alguno, ni en la transcripción, tal y como ha argumentado Alcaldía, todos los grupos políticos de la oposición, hemos votado en contra de la urgencia del pleno, por lo que no se ha declarado la urgencia de la sesión, y por lo tanto, no se ha votado el punto del orden del día en el que se iba a proponer, dotar de crédito la paga extraordinaria de la Alcaldesa y las dos Concejalas, que tienen dedicación exclusiva en el Ayuntamiento.

Y todos los grupos de la oposición, hemos dicho que si que votaríamos la urgencia si se separara en dos puntos diferentes, la paga extraordinaria del trabajador que le corresponde por derecho y que la va a cobrar, de la paga extraordinaria de la Alcaldía y las dos concejalas, a lo que la Alcaldesa se ha negado de manera rotunda en separar dichos puntos.

Y una vez más, una vez terminada la votación, han vuelto los «modales» del Gobierno Municipal del PP hacia los miembros de nuestro Grupo Municipal…